Accountabily, el Antagonista de la Corrupción.

El término se relaciona comúnmente con la acción de rendición de cuentas, no dice mucho sobre su real significado por ser un concepto aún en construcción, pese a aquello hay autores que han entregado posibles definiciones, que fueron publicadas por la Biblioteca de Congreso Nacional del Chile (2003, s/n), donde se expusieron las diferentes conceptualizaciones: a) Alnoor Ebrahim define el conceptoAccountability de rendición de cuentas como “La responsabilidad de responder por un desempeño particular ante las expectativas de distintas audiencias, partes interesadas”, b) Simon Zadek, lo define como “El proceso de lograr que sean responsables quienes tienen poder sobre las vidas de la gente y finalmente de una voz o canal de expresión de la gente sobre temas que repercuten en sus propias vidas”, mientras, c) David Bonbright dice que “La rendición de cuentas es una parte esencial del proceso de democratización, del proceso de crear frenos y contrapesos que aseguren que el menos privilegiado y con menos poder puede retar y reconfigurar las dinámicas del poder social”; d) Marcelo Arnold, señala que:

Sea lo que fuere la interpretación de este concepto, accountability, éste incluye otros que dan buenas pistas de su sentido: legitimidad, credibilidad, transparencia, buenas prácticas, responsabilidad social, rendición de cuentas, balance social y muchos otros equivalentes, las cuales son relevantes para justificar palabras y actos.

e) Schedler dice que hay matices que separan los dos conceptos: Accountability y rendición de cuentas:

El accountability conlleva un sentido claro de obligación, la noción de rendición de cuentas parece sugerir que se trata de un acto voluntario, de una concesión generosa del soberano que rinde cuentas por virtud y voluntad propia, no por necesidad. Podemos precisar entonces que accountability es la rendición obligatoria de cuentas.

d) Según los autores Bruce Stone, Dwivedi, y Joseph G. JabbraExisten 8 tipos de rendición de cuentas: moral, administrativo, político, de gestión, comercialización, jurídico y judicial, circunscripción relación y profesional

En Reino Unido, la rendición de cuentas desde el año 1995 es un principio de la vida pública: «Los titulares de cargos públicos son responsables de sus decisiones y acciones al público y deben someterse a cualquier control adecuado de su oficina» (BCN, 2003, s/n), lo que impide que se deleguen responsabilidades en actos que no se ajustan a los procedimientos establecidos y donde todo actuar debe tener una justificación que lo anteceda.

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